Cuadruple crimen: rechazaron la morigeración a la prisión de Tagliaferro
En el mismo resolutorio, el Tribunal Oral en lo Criminal numero 4 ordenó a la Dirección de la Unidad Penitenciaria N° 28 de Magdalena, al Servicio Médico de dicha institución carcelaria y a la Dirección de Sanidad del Servicio Penitenciario Bonaerense, que garanticen de manera estricta, permanente y bajo su directa responsabilidad la atención médica especializada permanente que requiere la salud del imputado

El defensor de Tagliaferro, el penalista Gonzalo Escaray había solicitado una medida de morigeración en la modalidad arresto domiciliario con tobillera electrónica de la prisión de su asistido, quien se encuentra imputado. En su presentación el letrado argumentó la grave situación de salud que atraviesa su defendido con una mal control metabólico severo
En la presentación judicial, también indicó que de los informes surge que la actual medida cautelar no garantiza la debida atención medica integral y permanente que requiere aj patología crónica, progresiva y potencialmente mortal. “… dicho diagnostico requiere controles médicos periódicos” indicó Escaray en su presentación ante la justicia penal platense
En el mismo escrito, el letrado defensor sostuvo que no existen ni existirán riesgos procesales que justifiquen su encarcelamiento y en ese sentido alegó que Tagliaferro tiene domicilio conocido y estable con arraigo familiar y social acreditado, además de que carece de antecedentes penales y que siempre se encontró a derecho
El fiscal Mariano Sibuet sostuvo que la medida cautelar restrictiva de la libertad cumple con los estándares constitucionales de proporcionalidad, razonabilidad y necesidad, como aquella única medida que asegura la ejecución de la sentencia condenatoria en primera instancia mediante la celebración de un juicio previo. Asimismo, mencionó que uno de los fundamentos fue el grave daño psíquico sufrido por la víctima, más la degradación personal, social y el riego creado para condenar a un inocente.
Los informes médicos de la unidad sanitaria refieren a la inexistencia de inconvenientes de salud.
Por su parte, el representante del particular damnificado el penalista Sebastián Chouela adhirió al planteo del agente fiscal y ratificó los argumentos expuestos en la audiencia . En esa instancia judicial. Chouela recordó las conclusiones de la pericia oficial elaborada en el año 2017 por el perito Lic. Daniel Burgos, quien esbozó en Tagliaferro “rasgos de personalidad de carácter psicopático, egocéntrico y manipulador de la realidad, temperamento clínico que denota una total incapacidad”
También recordó y remarcó el peligro de hostilidad y acercamiento físico hacia Osvaldo Martínez, victima de autos y su familia, recordando que el día en que el tribunal Oral numero 3 de La Plata se debió retirar de la Sala de Audiencias con custodia policial para el resguardo de su integridad física frente a las amenazas del entorno de Tagliaferro
En la resolución surge con claridad que las patologías crónicas que padece Marcelo Alejandro Tagliaferro no revisten un cuadro de descompensación aguda que ponga en riesgo inminente su vida ni configuran una imposibilidad material de tratamiento que ponga en riesgo inminente su vida , ni configuran una imposibilidad material xe tratamiento dentro del ámbito penitenciario





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