La Dra. María Verónica Leglise, Juez Titular del Juzgado Civil y Comercial Nro. 18 del distrito judicial La Plata, dictó una extensa sentencia en donde aplica una suma de 1.500.000 pesos en punitivos por no aplicar las medidas de seguridad necesarias para resguardar el dinero de sus clientes. También declaró la nulidad del crédito tomado por los ciberdelincuentes por $ 604.000 y ordenó la devolución de un adelanto de haberes tomado sobre las cuentas de la víctima, una docente que a la tarde maneja un taxi.
En cuestión de minutos los delincuentes ingresaron a sus cuentas y realizaron 21 transferencias a destinos tales como Córdoba, lugares en donde la víctima nunca había operado, sin que el Banco emitiera ninguna alerta como operaciones sospechosas.
Ante esto la jueza afirmó en la sentencia: “...el perito pudo determinar que surgen del log de transacciones operaciones en las que se involucran montos importantes, las cuales, de acuerdo a lo vertido en autos, no recibieron el tratamiento que correspondía por su carácter de sospechosas o potencialmente fraudulentas y pudo visualizar intentos fallidos de operaciones consecutivas que no fueron evaluadas como sospechosas…operaciones que guardan relación con los hechos controversiales de autos, que en una ventana de tiempo de pequeña dimensión (menos de 30 minutos)…”
La magistrada además agregó que “frente a ello la entidad tiene un deber de seguridad para que sus operaciones sean confiables, seguras, inviolables, confidenciales, es decir, protejan y resguarden la seguridad de las personas humanas… Esa seguridad debe ser brindada por el banco, ya que es quien diseña, ofrece y controla la plataforma informática que operan sus clientes, así como debe asegurarse que no existan situaciones de hackeos o defraudaciones o de vulnerabilidad de sus clientes…”
La Jueza subrayó el hecho de que al iniciar el proceso, interrogó al Banco sobre qué medidas de seguridad tomaba y este solo respondió culpando a la víctima.
Al imponer un millón y medio de pesos por daños de punitivos para que el Banco modifique su conducta, la jueza subrayó el maltrato que sufrió la víctima por parte del Banco de la Provincia de Buenos Aires: "En efecto, se observa un trato degradante de la entidad demandada hacia la consumidora, ya que en lugar de activar los mecanismos de seguridad en forma inmediata a la denuncia realizada por la actora o colaborar en la solución de los problemas que le planteaba ante la defraudación, se limitó a responsabilizar a la clienta de la situación sufrida, y continuó realizando los débitos de cuotas de los créditos denunciados, asegurando su propio interés financiero en detrimento del patrimonio de la actora...".
Al ser consultado el patrocinante de la víctima abogado Marcelo Szelagowski, manifestó que sin duda los jueces han comprendido el flagelo que sufren los millones de clientes cada vez que realizan operaciones electrónicas sin que los bancos se hagan responsables de los fondos. Lo que estamos sufriendo en materia operaciones bancarias es más grave que cualquier entradera y no solo se incrementarán sino que seguirán hasta que los bancos no sean sancionados como deben serlo, ya que incumplen su principal obligación de proteger los fondos y los datos de los clientes. Mientras los punitorios sean menores a la inversión en la seguridad bancaria de los medios electrónicos, estos tipos de delitos seguirán aumentando y mutando".
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